DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
CON JUSTICIA ALTERNATIVA

Ventajas

  • Disuelve el matrimonio de manera rápida y sencilla.
  • Requisitos mínimos.
  • No requiere juicio.
  • Se puede tramitar dentro o fuera del Centro.
  • Los días y horarios de atención de nuestros Mediadores se adaptan a las necesidades de los solicitantes.
  • Sin necesidad de acudir a Juzgados. Se eleva a sentencia ejecutoriada.

Somos abogados y mediadores especialistas en materia familiar; el divorcio por mutuo consentimiento se lleva a cabo en nuestras oficinas, sin necesidad de acudir a juzgados.


Nuestro equipo multidisciplinario que cuenta con más de 12 años de experiencia, le brindará un servicio personalizado, integral y eficiente.

Requisitos

  • Deben comparecer ambos cónyuges y estar de acuerdo en el trámite.
  • En el caso de que hubiesen procreado hijos aun menores de edad, se requiere llegar a un acuerdo respecto a la custodia, convivencia y pago de los alimentos de los mismos.
  • En el caso de que existan bienes adquiridos dentro del matrimonio es necesario acordar respecto de su liquidación.

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO CON JUSTICIA ALTERNATIVA

CON BIENES

  • Identificaciones oficiales vigentes.
  • Comprobantes de domicilio (vigencia no mayor a 6 meses).
  • Actas de matrimonio y nacimiento de los cónyuges e hijos (originales con una vigencia no mayor a 1 año).
  • Certificado médico de gravidez o ingravidez expedido por Institución de Salud Pública. (original con una vigencia no mayor a 30 días naturales).
  • Comprobante de ingresos emitido por la empresa de ambos cónyuges, o bien una carta emitida y firmada por el jefe inmediato con una vigencia no mayor a un mes,que especifique las percepciones.
  • Escritura pública de los inmuebles adquiridos dentro del matrimonio.

SIN BIENES

  • Identificaciones oficiales vigentes.
  • Comprobantes de domicilio (vigencia no mayor a 6 meses).
  • Actas de matrimonio y nacimiento de los cónyuges e hijos (originales con una vigencia no mayor a 1 año).
  • Certificado médico de gravidez o ingravidez expedido por Institución de Salud Pública. (original con una vigencia no mayor a 30 días naturales).
  • Comprobante de ingresos emitido por la empresa de ambos cónyuges, o bien una carta emitida y firmada por el jefe inmediato con una vigencia no mayor a un mes,que especifique las percepciones.